BOGOTÁ
El miércoles 29 de noviembre el Presidente, Gustavo Petro Urrego, sancionó la Ley 2341 ante el Congreso de la República, con la que se busca que los estudiantes mayores de 24 años en el país y el exterior puedan resolver su situación militar. En la norma se definen los parámetros que deberán cumplir los jóvenes para que puedan acceder a su aplicación.
Cabe destacar que esta Ley implementa medidas especiales para abordar la situación de jóvenes mayores de 24 años y estudiantes universitarios en el país. Según la ley sancionada, cualquier persona mayor de 24 años o estudiante universitario, que esté matriculado en una carrera profesional universitaria y haya completado al menos cinco semestres de educación superior, puede solicitar la definición de su situación militar, sin importar su condición actual.
Para llevar a cabo este proceso, los interesados deben realizar la solicitud correspondiente a través de la página web designada o de forma presencial en cualquier distrito militar. Además de la edad o el nivel de estudios, se requiere el pago de la cuota única de compensación militar para aquellos mayores de 24 años, o la presentación de un certificado de la universidad que confirme la matrícula en una carrera profesional y la superación de los cinco semestres requeridos.
Además, se establecen las tarifas para hacer el trámite, según el nivel de ingresos.
- Personas sin ingresos mensuales económicos pagarán el 5 % de un salario mínimo. Costaría $65 mil.
- Personas con ingresos mensuales inferiores o igual a dos salarios mínimos, pagarán el 15 % de un salario. Costaría $195 mil.
- Personas con ingresos mensuales entre dos y cuatro salarios mínimos, el 25 % de salario. Costaría $325 mil.
- Para personas con ingresos mensuales superiores a cuatro mínimos, el 50 % de un salario. Costaría $650 mil.
La certificación de ingresos mensuales se llevará a cabo a través de la presentación de los recibos de pago de los últimos tres meses para empleados, y de la planilla de pagos de seguridad social de los últimos tres meses para trabajadores independientes. En el caso de aquellos sin ingresos, deberán presentar una declaración que lo indique, sujeta a verificación por entidades competentes.
Los colombianos residentes en el extranjero pueden acceder a los beneficios de la ley, abonando el 50 % de un salario mínimo sin necesidad de demostrar ingresos, solo manifestando su residencia fuera del país.
Además, las personas que hayan cumplido veinticuatro (24) años sin definir su situación militar, independientemente de su condición, estarán exentas de todas las sanciones pecuniarias dispuestas por la ley.