
BOGOTÁ
El Consejo de Estado adoptó una medida cautelar mediante la cual suspendió temporalmente los efectos del decreto que fijó el incremento del salario mínimo.
La decisión fue tomada por el magistrado ponente encargado de estudiar la legalidad del acto administrativo que estableció un aumento del 23,78 %. Mientras se resuelve de fondo la demanda presentada contra el decreto, el alto tribunal determinó dejar en suspenso sus efectos jurídicos.
Como parte de la medida, se ordenó al Gobierno nacional expedir en un plazo de ocho días un nuevo decreto de carácter transitorio. Este deberá ajustarse estrictamente a los parámetros legales y constitucionales vigentes que regulan la fijación del salario mínimo. La orden subraya que el acto administrativo deberá aplicar de manera integral los criterios técnicos exigidos por la normativa.
Según lo revelado, el Gobierno del presidente Gustavo Petro deberá tener en cuenta variables como la inflación, la productividad y el comportamiento general de la economía. Estos factores forman parte del proceso de concertación entre empresarios, trabajadores y el Estado, mecanismo previsto para definir el ajuste anual del salario mínimo.
La determinación judicial enfatiza que el incremento no puede sustentarse únicamente en una decisión de carácter político, sino que debe basarse en criterios objetivos previamente establecidos por la ley. Mientras se expide el nuevo decreto transitorio, el proceso continuará en el Consejo de Estado, que posteriormente adoptará una decisión definitiva sobre la legalidad del aumento.
